Micelio
Auto5 de diciembre de 2006

A- de 2006

Ponente Rodrigo Escobar Gil

Demandante Luis Enrique Olivera Petro Vs. Ecopetrol Y Otras

Tema · dato duro
Conflicto De Competencia Entre El Tribunal Contencioso Administrativo De Bolivar, Sala De Decision, Y El Juzgado Octavo Civil Del Circuito De Cartagena. Deja Sin Efecto Auto Del Juzgado Octavo Civil Del Circuito De Cartagena Y Ordena Remitir El Expediente Al Juzgado Octavo Civil Del Circuito De Cartagena
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Contra Ecopetrol
  • Entidad del sector descentralizado por servicios del orden nacional
Accion De Tutela Contra Ecopetrol Y Petrobras
  • Competencia de Juzgado Civil del Circuito
Conflicto De Competencia En Tutela
  • Superior jerárquico común
  • Asunción por Corte Constitucional cuando no existe superior jerárquico común
4 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. Dejar sin efecto el Auto del veintiuno (21) de septiembre de 2006, proferido por el Juzgado
  2. Octavo. Civil del Circuito de Cartagena, dentro de la accion de tutela promovida por el senor Luis Enrique Olivera Petro.
  3. SEGUNDO. ORDENAR que por intermedio de la Secretaria General de la Corte Constitucional, se REMITA al Juzgado
  4. Octavo. Civil del Circuito de Cartagena, el expediente contentivo de la accion de tutela promovida por el senor Luis Enrique Olivera Petro contra la Empresa Colombiana de Petroleos -ECOPETROL- y Glencore o Petrobras para que inicie, de forma inmediata, el tramite de la accion de tutela de la referencia.
  5. TERCERO. Por Secretaria General COMUNIQUESE al Tribunal Contencioso Administrativo de Bolivar, Sala de Decision, lo resuelto en esta providencia con el fin de ponerle en conocimiento los fundamentos constitucionales y legales en virtud de los cuales se adopta la presente decision.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoJaime Araujo Rentería
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.